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ESTAR DE GUARDIA: ¿SERVICIO O ALTRUISMO?

Este ha sido siempre un debate interesante: ¿las guardias de las farmacias son de obligado cumplimiento?

La respuesta es SÍ
Las guardias son obligatorias para todas las farmacias y no encarece el precio de venta durante su desarrollo. Se trata, pues, de un servicio que viene a complementar la red asistencial como establecimiento de salud que es.

Se regula por una ley de los años 90 (Ley 16/1997 25 Abril) en la que deja a las comunidades autónomas su regulación, en concreto en Catalunya por el decreto 321/1996 1 de Octubre.

 

Definición de altruismo: Tendencia a procurar el bien de las personas de manera desinteresada, incluso a costa del interés propio.
Entendiendo que hay un coste que se genera de un mínimo de personal autorizado disponible durante la guardia podemos hacer referencia a la definición altruista y desinteresada de ofrecer un servicio extra a la comunidad. De obligado cumplimiento, pero desinteresadamente.


Porque, ¿dejarían de dar ese servicio aunque ya no fuese obligatorio?
Nosotros creemos que sí. Porque, ¿Quién no ha tenido la necesidad en alguna ocasión de ir a una farmacia de urgencia? Es una necesidad social y ayudar se hace de forma vocacional.


A fin de dar este servicio, las farmacias de cada zona de salud hacen turnos rotatorios (de ahí lo de farmacia de turno) de 24 horas. Y para establecer cuándo acaba un turno y comienza otro lo más práctico es tomar de referencia la hora de apertura de las farmacias de esa zona.
Sólo en Cataluña hay 3.264 farmacias colegiadas, la guardia implica una farmacia abierta a menos de 15 minutos en coche para cualquier habitante.

En este enlace puedes ver las que están abiertas en vivo:

 https://www.farmaguia.net/desktop/

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